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Programa de becas, perteneciente a la sección subsidios, pensiones y becas del departamento de Desarrollo y Promoción Social:

  • – Beca Presidente de la República
  • – Beca Indígena

Beca Presidente de la República:

Es una beca de mérito académico cuyo objetivo principal es apoyar económicamente a estudiantes de escasos recursos económicos y rendimiento académico sobresaliente para que realicen sus estudios de enseñanza media y superior.

Cada becado tiene derecho a un subsidio mensual equivalente a:

a) 0. 62 unidades tributarias mensuales para alumnos becados de enseñanza media.
b) 1. 24 unidades tributarias mensuales para los alumnos becados de enseñanza superior.

Beca Indígena:

El programa becas indígenas contemplará: becas indígenas de educación básica, de educación media y de educación superior.

Corresponderá a JUNAEB la administración, distribución y supervisión del programa de becas indígenas de acuerdo a las políticas impulsadas por el ministerio de educación.

El programa Becas Indígenas se implementa en el país a partir del año 1991, con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley Indígena nº 19.253, la que en el título IV de la cultura y educación indígena, párrafo segundo de la educación indígena, artículo 33, señala: “la ley de presupuestos del sector público considerará recursos especiales para el ministerio de educación destinados a satisfacer un programa de becas indígenas. En su confección, orientación global y en el proceso de selección de los beneficiarios, deberá considerarse la participación de la corporación”.

Actualmente este programa de becas se rige el D. S. Del ministerio de educación nº 126 del 13 de junio de 2005. El artículo 1° señala “el programa becas indígenas contemplará: Becas Indígenas de Educación Básica, de Educación Media y de Educación Superior. En su artículo 3º establece que corresponderá a JUNAEB la administración, distribución y supervisión del programa de Becas Indígenas de acuerdo a las políticas impulsadas por el ministerio de educación. El principal objetivo de la beca es promover la mantención de estudiantes de origen indígena con buen rendimiento académico en el sistema educacional. El inciso 2 del artículo 1° de la Ley nº 19.253 establece: “el Estado reconoce como principales etnias de chile la: mapuche; Aymara, Rapa nui o Pascuense, de las comunidades Atacameñas, Quechuas, Diaguitas y Collas del norte del país, a las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yámana o Yagán de los canales australes”.

Cada becado tiene derecho al pago de un subsidio anual, diferenciado por nivel educacional.

  1. A) $96.000 para alumnos becados de enseñanza básica.
  2. B) $198.000 para alumnos becados de enseñanza media.
  3. C) $623.000 para alumnos becados de enseñanza superior.
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